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Autor: Laura Gallego Herráez
Materia: Derecho Mercantil
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Durante décadas, Reino Unido (RU) se ha erigido como el “destino concursal” por excelencia y ello se ha debido, entre otras circunstancias, por la popularidad de los schemes of arrangements, los cuales han sido empleados por sociedades británicas y extranjeras para operaciones de reestructuración de deuda financiera.

 

Tras la salida del RU de la Unión Europea (UE) (Brexit), se plantea la posibilidad de que esta esta figura pierda hegemonía en el ámbito de la insolvencia internacional. A continuación, abordados cuestiones clave.

 

¿Qué es un Scheme of Arrangement (SoA)?

El SoA es una figura regulada por el Derecho inglés1 que permite a las sociedades confeccionar diferentes operaciones de reestructuración de capital.

 

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A través de un SoA, la sociedad puede alcanzar un acuerdo con sus acreedores (Creditor Scheme) que, en caso de ser aprobado por aquellos que representen al menos el 75% del valor de los créditos afectados y una vez sancionado por el juez competente, será de obligado cumplimiento para la totalidad de los acreedores, incluso para aquellos que hayan votado en contra de dicho acuerdo o no hayan votado.

 

El SoA evita situaciones de bloqueo (hold out) por parte de una minoría disidente.

 

¿En qué consiste el proceso de aprobación de un SoA?

El SoA requiere de la tramitación de un procedimiento judicial que se desarrolla en las siguientes fases:

  1. Solicitud (claim form) ante el tribunal competente.
  2.  

    En dicha solicitud se plasman los términos de acuerdo (arrangement) y ésta puede ser presentada por:

    • Cualquier acreedor de la empresa.
    • La propia empresa.
    • Cualquier socio de la empresa.
    • Si la empresa está en un proceso concursal, por el administrador concursal.
  3. El juez examinará que el SoA cumple todos los requisitos legales.
  4.  

    Los acreedores deben actuar de buena fe durante el procedimiento, y los términos del acuerdo (SoA) deben ser razonables a juicio de una persona honesta e inteligente.

     

  5. Depósito del SoA en el Registrar of Companies.
  6.  

    Una vez haya sido ratificado por el juez, el SoA debe ser depositado en el Registrar of Companies2.

¿Por qué las empresas extranjeras optan por solicitar un SoA en la jurisdicción británica?

Las principales razones por las que las que sociedades extranjeras optan por solicitar un SoA en la jurisdicción de RU, son las siguientes:

  • Celeridad del proceso en los tribunales ingleses.
  • Flexibilidad en el contenido del SoA, con un alto grado de certidumbre procesal y comercial para todos los interesados, incluidos los acreedores.
  • Una vez aprobado el SoA, éste será vinculante para todos los acreedores, incluso si votaron en contra u optaron por no votar. En consecuencia, es una forma de obligar a las minorías disidentes que, en otras jurisdicciones, puedan llegar a dificultar o incluso a bloquear el plan de reestructuración de deuda.

¿Puede una empresa española solicitar un SoA en la jurisdicción de RU tras el Brexit?

3, al igual que con anterioridad al Brexit, una empresa extranjera puede solicitar un SoA en RU siempre y cuando tenga suficiente conexión.

 

El concepto de "conexión suficiente" ha sido interpretado en sentido amplio por los tribunales británicos.

 

Los tribunales del RU han aprobado SoAs acordados por empresas extranjeras cuando se ha dado alguno de los siguientes (no exhaustivos) criterios:

  1. Cuando exista una cláusula de sumisión expresa ante los tribunales de RU.
  2. Los créditos afectados por el SoA están sujetos a los tribunales ingleses.
  3. El deudor o deudores, tienen un establecimiento en RU.
  4. Cuando la mayoría de los acreedores están domiciliados en RU.
  5. Cuando la empresa extranjera tenga activos bajo jurisdicción inglesa.

 

Written by Laura Gallego Herráez.

 


 

1Companies Act 2006

2Section 899 (4) Part 26 Companies Act 2006: “The court’s order has no effect until a copy of it has been delivered to the registrar”

3Con la aprobación del reglamento europeo para procedimientos de insolvencia, REGLAMENTO (UE) 2015/848 los Estados miembros de la UE debían comunicar a la Comisión aquellos procedimientos que consideraran incluidos en dicho reglamento, ya que aquellos procedimientos que no fueran comunicados quedarían fuera de la aplicación del texto europeo. RU optó por no notificar comunicación de los SoA, en consecuencia, esta figura ha estado fuera de la legislación europea en materia de insolvencia, también en la era pre-Brexit.

 

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Autor: Laura Gallego Herráez
Materia: Derecho Mercantil
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El mercado exterior y la internacionalización, constituyen para las pequeñas y medianas empresas argentinas, una alternativa para su crecimiento y supervivencia en un entorno económico cada vez más competitivo y globalizado.

 

Existen varias vías a través de las cuales podemos penetrar en el mercado británico. En esta ocasión, vamos a abordar la figura del AGENTE COMERCIAL, siendo el contrato de agencia comercial internacional, una de las modalidades contractuales más utilizadas por las pequeñas y medianas empresas, que desean iniciar su estrategia de internacionalización.

 

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¿Qué es un Agente Comercial?

Un agente comercial es aquella persona física o jurídica que, en virtud de un contrato de agencia comercial, se obliga frente a otra, denominada mandante o principal, durante un período de tiempo determinado o indefinido y a cambio de una contraprestación económica, a promover actos u operaciones de comercio en nombre del principal, y a concluirlas en su nombre si así se hubiera acordado de forma expresa en el contrato.

 

PRINCIPAL/MANDANTE (ARGENTINA) > AGENTE COMERCIAL (REINO UNIDO) > CLIENTE FINAL (REINO UNIDO)

 

¿Qué Regulación aplica a un contrato celebrado entre la Empresa Argentina y el Agente Comercial de Reino Unido?

Puesto que el agente comercial desarrolla su actividad en Reino Unido, aplica la ley inglesa1.

 

Características del Contrato de Agencia Comercial

Dentro de la normativa aplicable al contrato, cabe diferenciar dos tipos de normas:

 

Normas imperativas: son normas que se imponen a la voluntad de las partes, esto es, las partes de común acuerdo no pueden excluirlas del contrato, ya que ello implicaría la invalidez del contrato.

 

Normas dispositivas: son aquellas cuyo cumplimiento depende de la voluntad manifestada por las partes en el contrato. Las partes pueden optar a incluir o no, determinadas cláusulas de cumplimento sin que ello afecte a la validez del contrato.

 

Independencia del Agente Comercial

 

El agente debe ser independiente a la estructura del empresario. Se presumirá la independencia del agente si éste puede organizar la actividad y su tiempo con sus propios criterios.

 

En el caso de que la empresa argentina contratara a un agente dependiente, para que éste desarrollase su actividad en Reino Unido, estaría creando un establecimiento permanente en el país británico, lo cual le generaría obligaciones como el pago del impuesto de sociedades (coporation tax) en la hacienda inglesa2.

 

Obligaciones del Agente Comercial

  1. El agente se obliga a la promoción continuada de actos y operaciones de comercio, además se puede incluir la obligación adicional y expresa, de concluir esas mismas operaciones en representación del principal.
  2. Ocuparse con diligencia y buena fe de los actos u operaciones que el principal le hubiera encomendado.
  3. Comunicar al principal toda la información que sea necesaria para la buena gestión de los actos u operaciones que se le hubieren encomendado, así como, en particular, la relativa a la solvencia de los terceros con los que existan operaciones pendientes de conclusión o ejecución.
  4. Desarrollar su actividad conforme a las instrucciones razonables recibidas del principal, siempre que no afecten a su independencia.
  5. Recibir en nombre del principal, reclamaciones de terceros referentes a vicios o defectos de los bienes vendidos o de los servicios prestados como consecuencia de las operaciones promovidas.
  6. Llevar una contabilidad independiente de las operaciones de cada empresa (principal) por cuya cuenta actúe.
  7. El agente no puede delegar en terceros el cometido que le encomienda el principal, salvo que tenga el consentimiento expreso de éste para hacerlo.

Obligaciones del Principal

  1. Poner a disposición del agente, los muestrarios, catálogos, tarifas y otros documentos necesarios para el ejercicio de su actividad profesional.
  2. Satisfacer la remuneración pactada.
  3. Actuar de buena fe en sus relaciones con el agente.

Remuneración del Agente Comercial Internacional

 

La remuneración del agente comercial, podrá pactarse en base a una remuneración fija, aunque lo habitual es acordar el pago de una comisión en proporción al número de ventas promovidas por el agente.

 

Exclusividad Geográfica

 

El agente tendrá derecho, si así lo pactan las partes en el contrato, a promocionar el producto o servicio en una zona o región determinada en régimen de exclusividad. En consecuencia, el principal no podrá comercializar sus productos o servicios en esa zona o región, ni de forma directa ni a través de terceros.

 

Duración y Finalización del Contrato

El contrato de agencia comercial convenido por tiempo determinado, finalizará por cumplimiento del término pactado.

 

El contrato de agencia comercial convenido por tiempo indeterminado, finalizará a solicitud de cualquiera de las partes. En este caso, la parte que desee la finalización del contrato, deberá notificar su decisión a la otra parte.

 

Plazos de preaviso de la finalización del contrato:

 

En el caso de que haya transcurrido el período de UN AÑO O MENOS de la duración del contrato, El plazo mínimo de notificación será de UN MES con anterioridad a la fecha en la que se desea extinguir.
En el caso de que haya transcurrido el período de DOS AÑOS de la duración del contrato, El plazo mínimo de notificación será de DOS MESES con anterioridad a la fecha en la que se desea extinguir.
En el caso de que haya transcurrido el período de TRES AÑOS O MÁS, de la duración del contrato, El plazo mínimo de notificación será de TRES MESES con anterioridad a la fecha en la que se desea extinguir.

 

En ningún caso, las partes podrán acordar plazos de preaviso inferiores a los establecidos en la ley británica The Commercial Agents (Council Directive) Regulations 1993.

 

Escrito por Laura Gallego Herráez

 


 

1 The Commercial Agents (Council Directive) Regulations 1993 (legislation.gov.uk)

2 https://www.gov.uk/hmrc-internal-manuals/international-manual/intm266150

 

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Autor: Laura Gallego Herráez
Materia: Derecho Mercantil
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El 24 de diciembre de 2020, Reino Unido (RU) y la Unión Europea (UE) llegaron al Acuerdo de Comercio y Cooperación, que perfila su relación política y comercial en la era post Brexit.

 

Atendiendo a lo establecido en dicho acuerdo, las sociedades constituidas en RU, no podrán acogerse al artículo 541 del Tratado de Funcionamiento de la Unión europea (TFUE), el cual garantiza la libertad de establecimiento a las personas jurídicas constituidas en los Estados miembros de la UE. A continuación, analizamos algunas de las consecuencias que este hecho, puede tener sobre las sociedades constituidas en RU.

 

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Reconocimiento de las Sociedades Británicas: Letter Box Companies.

A partir del 1 de enero de 2021, el reconocimiento2 de las sociedades constituidas en RU cuya sede real no esté ubicada en dicho país, dependerá del Derecho Internacional Privado de cada Estado.

 

En los Estados que integran la UE coexisten dos sistemas para la asignación de la lex societatis:3 : sistema de sede real y sistema de constitución.

 

En los países que adoptan el sistema de constitución4, se reconocen como válidamente constituidas, aquellas sociedades que cumplen con el ordenamiento jurídico extranjero, al que los socios se han acogido para crearla, aunque la sociedad tenga su sede real en un Estado distinto, a aquel conforme a cuya normativa se ha constituido.

 

Por el contrario, los Estados que acogen el modelo de sede real5, reconocerán a las sociedades siempre que éstas tengan su sede real en el país conforme a cuya normativa se han constituido, y donde también se encuentra su sede estatutaria.

 

En consecuencia, una letter box company inglesa, esto es, una sociedad constituida en RU y con sede estatutaria en dicho país, pero con sede real en otro Estado, no será reconocida por los Estados de la UE cuya normativa responda modelo de sede real. 6

 

En la época anterior al Brexit, las letter box companies inglesas, eran reconocidas en todos los países miembros de la UE, en cumplimiento con el TFUE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) 7. En ese sentido, cabe mencionar la sentencia Centros8, en la cual el TJUE se pronunció sobre los siguientes hechos:

 

Un matrimonio residente en Dinamarca y de nacionalidad danesa, decide constituir su sociedad en RU, en concreto una private limited company, debido a que el Derecho Inglés, a diferencia del Derecho Danés, les permitía constituir la sociedad haciendo la aportación mínima de capital de 1 GBP. Por esta razón, los socios deciden operar bajo una sociedad británica, teniendo su domicilio estatutario en RU, pero con la intención de ubicar su centro de dirección efectiva y explotación en Dinamarca.

 

Cuando dicha sociedad procede a inscribir una sucursal en Dinamarca, la cual iba a ser materialmente, la sede real de la sociedad, el registro danés deniega la inscripción, alegando que, si el centro de actividades económicas de la sociedad interesada, se va a ubicar en Dinamarca y carece de actividad en RU, se concluye que la única razón por la cual esta sociedad se ha constituido y registrado en RU, es la elusión de la normativa danesa.

 

La decisión del registro danés fue recurrida judicialmente y abordada por el TJUE, que resolvió lo siguiente:

 

“La denegación por parte un Estado miembro, de la inscripción de una sucursal de una sociedad constituida con arreglo al Derecho nacional de otro Estado miembro, en el que tiene su domicilio social, sobre la base de que la sucursal está destinada a permitirle el ejercicio de toda su actividad económica en el Estado de acogida, con la consecuencia de que el establecimiento secundario eludiría las normas nacionales relativas a la constitución y desembolso de un capital mínimo, es incompatible con la libertad de establecimiento recogida en el Artículo 54 del TFUE (antiguo artículo 48 TCE) ”.

 

A partir del 1 de enero de 2021, el registro mercantil danés, al igual que los registros mercantiles de los Estados cuya normativa acoja el sistema de sede real, podrán denegar el registro de una sucursal en su país, cuando ésta vaya a constituir la sede real de una sociedad matriz en RU, en donde se encuentra su domicilio estatutario, pero donde carece de actividad alguna. Es decir, tras el Brexit las letter box company inglesas quedan fuera de la aplicación del artículo 54 del TFUE.

 

Reconocimiento de las Sociedades Británicas: Capacidad Procesal

A continuación, aludimos a las consecuencias que el Brexit puede tener en la capacidad procesal, de las sociedades constituidas en RU con domicilio estatutario en dicho país (RU), pero con sede real en otro Estado.

 

A este respecto, cabe señalar la sentencia Überseering9 en la que el TJUE, alegando el artículo 54 del TFUE, amparó el derecho de una sociedad (Überseering) constituida conforme al Derecho Holandés, a trasladar su sede de administración a Düsseldorf (Alemania), sin que por ello los Tribunales germanos, siguiendo su normativa nacional, la cual adopta el sistema de sede real, pudieran negarle capacidad procesal.

 

Trasladando los hechos descritos en la sentencia Überseering, a la realidad post Brexit, nos podemos encontrar con las siguientes situaciones:

 

Imaginemos que, una sociedad válidamente constituida en RU y con sede real en otro Estado, desea presentar demanda en Alemania. Teniendo en cuenta que el país germano adopta el modelo de sede real, puede negarse a reconocer esta sociedad, y por ende su capacidad procesal, puesto que su sede real no se encuentra en el mismo lugar que su sede estatutaria.

 

Por el contrario, si esta sociedad quisiera presentar demanda en un país cuya normativa se acoja al sistema de constitución, los tribunales de dicho país, reconocerían a dicha sociedad y no alegarán la falta de coincidencia entre sede real y estatutaria, para negarle capacidad procesal.

 

Reconocimiento de las Sociedades Británicas en España

El conjunto de preceptos normativos recogidos en el ordenamiento jurídico español, 10 han sido interpretados por la doctrina como propios de un modelo próximo al sistema de sede real, como, en otros casos, reguladores de un modelo de constitución, no siendo posible determinar una posición definida y unánimes ni doctrinal ni jurisprudencialmente.

 

Escrito por Laura Gallego Herráez

 


 

1 Artículo 54 TFUE (antiguo artículo 48 TCE):´´Las sociedades constituidas de conformidad con la legislación de un Estado miembro y cuya sede social, administración central o centro de actividad principal se encuentre dentro de la Unión, quedarán equiparadas a efectos de aplicación de las disposiciones del presente capítulo, a las personas físicas nacionales de los Estados miembros. Por sociedades se entiende las sociedades de Derecho civil o mercantil, incluso las sociedades cooperativas, y las demás personas jurídicas de Derecho público o privado, con excepción de las que no persigan un fin lucrativo´´.

2 Cada Estado, aplicando su normativa interna, determina si la persona jurídica, puede ser o no reconocida como sociedad mercantil en su territorio.

3 Podemos definir la lex societatis como la ley estatal (ordenamiento jurídico) que determina la ley aplicable a las sociedades desde su constitución hasta su disolución, extinción o liquidación. Siguiendo al profesor ARENAS GARCIA, la lex societatis se correspondería con la ley nacional de la sociedad.

4 Algunos de los países que adoptan el sistema de constitución son: Reino Unido, Irlanda y Países Bajos.

5 Algunos de los países cuya normativa adopta el modelo de sede real son: Austria, Bélgica, Grecia y Alemania.

6 La falta de unanimidad en la definición de sede real, por parte de los Estados que se acogen a este modelo, ha sido objeto de críticas, ya que ello genera inseguridad y confusión en la determinación de la lex societatis.

7 Vid Inspire Art C-167/01.

8 Vid Centros C-212/97.

9 Vid Überseering C-208/00.

10 Vid: Arts: 9.11 y 28 del Código Civil Español; art 15 del Código de Comercio Español; Arts: 8 y 9 de la Ley de Sociedades de Capital Española.

 

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Autor: Laura Gallego Herráez
Materia: Derecho Mercantil
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El 31 de diciembre de 2020, Reino Unido (RU) pasó a ser considerado un tercer país en sus relaciones con España y con el resto de miembros la Unión Europea (UE). Sin embargo, RU ha incorporado parte de la normativa de la UE a su legislación interna, garantizando así su aplicación en la era post Brexit.

 

En consecuencia, para operar en el nuevo escenario legal, debemos tener en cuenta el Derecho Internacional Privado de los Estados, así como también el Derecho de la Unión Europea que continúe siendo de aplicación en RU.

 

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A continuación, aludimos a parte de la normativa que perfila el panorama legal, tras el Brexit.

 

Reglamentos Roma I y Roma II

RU ha incorporado a su legislación nacional, los reglamentos Roma I y Roma II .

 

Los mencionados reglamentos se aplican a las obligaciones contractuales y extracontractuales, en materia civil y mercantil, cuando exista conflicto respecto a la ley nacional aplicable.

 

Convenio de la Haya

También RU se ha adherido al Convenio de La Haya, de modo que éste continúa siendo aplicable en el país.

 

Dicho convenio permite que, las partes contractuales puedan elegir el foro, es decir, los tribunales competentes para resolver las controversias que puedan surgir entre ambas.

 

Como es sabido, es frecuente que los operadores económicos de diferentes países, decidan someter sus contratos a la legislación británica, por la confianza que les genera operar, siendo el inglés la lengua vehicular de la normativa.

 

Reconocimiento y Ejecución de Resoluciones Judiciales en Inglaterra y Gales, emitidas por Tribunales Españoles

Procedimientos iniciados antes del 31 de diciembre de 2020.

 

En caso de que el procedimiento correspondiente a la resolución cuya ejecución deba tener lugar en RU, se haya iniciado en España con anterioridad al 1 de enero de 2021, seguirá siendo de aplicación el reglamento de Bruselas I bis , para su reconocimiento y ejecución en Inglaterra y Gales, aunque la resolución final sea emitida con fecha posterior al 31 de diciembre 2020. Así se recoge, en el artículo 67 del Acuerdo de Retirada del RU de la UE.

 

Procedimientos iniciados después del 31 de diciembre de 2020: Convenio de Lugano.

 

La UE es parte del Convenio de Lugano, el cual permite la ejecución directa de resoluciones emitidas, en los países de los Estados firmantes de dicho convenio. Reino Unido presentó una solicitud para adherirse al Convenio de Lugano, con el objetivo de que éste fuera aplicable en el país, a partir del 1 de enero de 2021. Sin embargo, la UE aún no ha aprobado dicha petición.

 

En consecuencia, mientras la UE no apruebe la adhesión de RU al Convenio de Lugano, y teniendo en cuenta que España no tiene ningún acuerdo bilateral con RU, en lo que a esta materia respecta, será necesario el inicio de un nuevo procedimiento en RU, para el reconocimiento y ejecución de la sentencia emitida por los Tribunales españoles.

 

Para que dicha sentencia pueda ser reconocida en RU, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • SENTENCIA FIRME: La sentencia debe ser firme, con autoridad de cosa juzgada.
  •  

  • COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ESPAÑOLES: Los tribunales españoles deben tener jurisdicción, sobre los hechos abordados en la sentencia, de acuerdo con la normativa de Derecho Internacional Privado inglés, siendo irrelevante a estos efectos, que los juzgados españoles tuvieran jurisdicción atendiendo a su normativa nacional.
  •  

  • CANTIDAD PRECISA DE DINERO: La reclamación debe ser por una suma cierta de dinero. Se considera que la cantidad de dinero reclamada es cierta, si puede determinarse mediante un simple proceso aritmético, como por ejemplo el cálculo de un tipo de interés diario.

Reconocimiento y Ejecución de Resoluciones Judiciales de los Tribunales de Reino Unido en España

Procedimientos iniciados antes del 31 de diciembre de 2020.

 

Al igual que en el caso planteado anteriormente, si el procedimiento correspondiente a la resolución cuya ejecución deba tener lugar en España, se ha iniciado en Reino Unido con anterioridad al 1 de enero de 2021, seguirá siendo de aplicación el reglamento de Bruselas I bis , aunque la resolución final sea emitida con fecha posterior al 31 de diciembre 2020. Así se recoge, en el artículo 67 del Acuerdo de Retirada del RU de la UE.

 

Procedimientos iniciados después del 31 de diciembre de 2020:

 

Mientras la UE no apruebe la adhesión de RU al Convenio de Lugano, será la Ley española 29/2015, de Cooperación Jurídica Internacional en Materia Civil, la que regule el reconocimiento y ejecución de las resoluciones derivadas de tribunales británicos. Atendiendo a dicha ley, es necesario iniciar un procedimiento de homologación o exequátur, con carácter previo al inicio de cualquier trámite de ejecución.

 

Escrito por Laura Gallego Herráez.

 

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Autor: Lucía Fernández Yaipén
Materia: Derecho Mercantil
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El 30 de enero del 2019, el Reino Unido (RU) y Chile firmaron el Acuerdo de Asociación, un acuerdo de continuidad comercial que garantizará que empresas y consumidores británicos se beneficien de términos comerciales preferenciales con Chile una vez que el RU se retire de la Unión Europea (UE).

 

¿Qué incluye el acuerdo?

El acuerdo está destinado a establecer una asociación política y económica entre ambos países, con el fin de proteger un flujo comercial de £1.8 mil millones (en 2017). Además, está destinado a remplazar el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y Chile, después de que el Reino Unido salga de la UE.

 

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El acuerdo incluye:

  • el comercio de bienes y servicios, incluyendo disposiciones sobre normas de origen, aranceles preferenciales y cuotas
  • propiedad intelectual
  • indicaciones geográficas
  • contrataciones del gobierno.

El Acuerdo de Asociación entre el RU y Chile ayudará a fortalecer la relación comercial entre ambos países, pues dará certidumbre a las empresas y los consumidores. Firmando este acuerdo, estos países pueden asegurarse de que no habrá ninguna ruptura de sus relaciones comerciales una vez el RU quede fuera de la UE definitivamente el 01 de enero de 2021. Además, los fabricantes británicos podrán beneficiarse de un acceso preferencial al mercado chileno para vender sus productos. Los consumidores británicos podrán también disfrutar de precios más bajos de bienes chilenos, y una mayor selección de productos como vinos, frutas y nueces.

 

El Acuerdo de Asociación entre RU y Chile reproduce ciertos elementos del Acuerdo de Asociación entre la UE y Chile, como disposiciones sobre el diálogo político, mayores lazos económicos y otras formas de cooperación entre las dos regiones en asuntos como los derechos humanos.

 

El entonces Ministro de Comercio Internacional, Dr. Liam Fox señaló: “Hoy hemos firmado un importante acuerdo de continuidad en momentos en que nos preparamos para retirarnos de la UE. Esto garantizará que no haya interrupciones para las empresas británicas que exporten hacia Chile luego de que dejemos la UE”.

 

¿Cuándo entrará en efecto el acuerdo?

El RU dejó de ser miembro de las instituciones políticas de la Unión Europea el 31 de enero. Sin embargo, continuará siendo tratado como un miembro del mercado único y la unión aduanera hasta el 31 de diciembre del 2020, que marca el final del periodo de transición tras su salida de la UE. La UE también solicitó que los terceros países con acuerdos comerciales con la UE traten al RU como un Estado miembro durante este periodo.

 

En consecuencia, el Acuerdo de Asociación entre el RU y Chile no entrará efecto mientras que el Acuerdo de Asociación entre la UE y este país continúe aplicándose al RU.

 

Escrito por Lucía Fernández Yaipén

 

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Autor: Lucía Fernández Yaipén
Materia: Derecho Mercantil
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El 18 de julio del 2019, el Reino Unido (RU), Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá firmaron un Acuerdo de Asociación para garantizar que Centroamérica y el RU puedan beneficiarse de continuidad en sus relaciones comerciales tras la salida del RU de la Unión Europea (UE).

 

¿Qué incluye el acuerdo?

El acuerdo establecerá una asociación política y económica entre Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y RU. Busca además proteger un flujo comercial de mil millones de libras esterlinas (en 2018) entre RU y Centroamérica. Está también destinado a remplazar al Acuerdo de Asociación entre la UE y Centroamérica una vez que el RU salga de la UE.

 

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El acuerdo incluye:

  • el comercio de bienes y servicios, incluyendo disposiciones sobre normas de origen, aranceles preferenciales y cuotas
  • propiedad intelectual
  • indicaciones geográficas
  • contrataciones del gobierno

El acuerdo garantizará que empresas y consumidores británicos se beneficien del acceso continuo a la región de Centroamérica después de la salida del RU de la Unión Europea. Por ejemplo, los consumidores del RU podrán continuar beneficiándose de precios bajos de bienes importados de países de Centroamérica signatarios del acuerdo. Lo mismo se aplica a los consumidores de Centroamérica, que beneficiarán de aranceles bajos sobre bienes producidos en el RU.

 

Es preferible comercializar bajo estos términos en lugar de los de la Organización Mundial del Comercio (OMC) pues de esta manera el Reino Unido puede fortalecer sus relaciones comerciales con Centroamérica y apoyar el empleo británico.

 

El Acuerdo de Asociación entre RU y Centroamérica reproduce ciertos elementos del Acuerdo de Asociación entre la UE y Centroamérica, como disposiciones sobre el diálogo político, mayores lazos económicos y otras formas de cooperación entre las dos regiones en asuntos como el medio ambiente y los derechos humanos.

 

El entonces Ministro de Relaciones Exteriores Jeremy Hunt le dio a la bienvenida al acuerdo diciendo: “Este acuerdo es de gran importancia mientras nos preparamos para salir de la UE y fortalecemos nuestros vínculos con el resto del mundo.”

 

¿Cuándo entrará en efecto el acuerdo?

El RU dejó de ser miembro de las instituciones políticas de la UE el 31 de enero de 2020. Sin embargo, continuará siendo tratado como un miembro del mercado único y la unión aduanera hasta el 31 de diciembre del 2020, que marca el final del periodo de transición tras su salida de la UE. La UE también solicitó que los terceros países con acuerdos comerciales con la UE traten al RU como un Estado miembro durante este periodo.

 

En consecuencia, el Acuerdo de Asociación entre el RU y Centroamérica no tomará efecto mientras que el Acuerdo de Asociación entre la UE y estos países continúe aplicándose al RU.

 

Escrito por Lucía Fernández

 

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Autor: Laura Gallego Herráez
Materia: Derecho Mercantil
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Finalizado el período de transición, Reino unido dejará de formar parte de la Union Europea a partir del 1 de enero de 2021.

 

Un escenario de un Brexit sin acuerdo es aquel en el que el Reino Unido (GB) abandona la Unión Europea (UE) sin un pacto de retirada para una futura relación con la UE, convirtiéndose así en un tercer país.

 

La Directiva (UE) 2017/1132 codifica parcialmente el marco europeo del Derecho de sociedades.

 

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El objetivo de la normativa europea es permitir que las empresas se constituyan en cualquier Estado de la Unión y que se beneficien de la libre circulación de servicios, personas y capitales, ofreciendo protección a los accionistas y a otras partes interesadas en las sociedades, y hacer asi que las empresas sean más competitivas y se fomente la cooperación transfronteriza entre las mismas.

 

A continuación, mencionamos los principales cambios a tener en cuenta en el caso de un Brexit sin acuerdo.

 

Entidades formadas conforme al derecho europeo:

  • Agrupaciones europeas de interés económico (AEIE)
  • Sociedad Europea (SE).

Las SE y las AEIE, registradas en RU podrán transformar su tipo societario o agrupación conforme a la legislación británica, antes del 1 de enero de 2021.

 

Por ejemplo, una SE se puede transformar en una sociedad anónima, atendiendo a los requisitos legales de la normativa británica, siempre que:

  • Dicha sociedad tenga aprobadas y presentadas las cuentas anuales de al menos dos años de su ejercicio (*).
  • Dicha sociedad esté registrada en Reino Unido desde al menos hace dos años.

Las AEIE y las SE pueden trasladar su sede y registrarse en otro Estado de la UE.

 

(*) Entendemos los 2 últimos ejercicios.

 

Cualquier entidad creada conforme al derecho europeo y registrada en RU, que no haya completado el proceso de conversión antes del día de salida, se convertirá automáticamente en una nueva sociedad que cumpla con la normativa de RU.

 

Fusiones transfronterizas comunitarias

Los Estados miembros de la UE se benefician de una regulación comunitaria armonizada, la cual proporciona seguridad jurídica, simplifica y agiliza los trámites de las fusiones transfronterizas de las sociedades de capital.

 

En caso de un Brexit sin acuerdo, a partir del 1 de enero de 2021, las empresas británicas ya no podrán participar en fusiones transfronterizas bajo la normativa europea.

 

Registro mercantil de Reino Unido: Companies House

En cuanto al Registro Mercantil del RU (Companies House), se aprobará una nueva normativa por la que las SE que hayan registrado una sucursal en RU y las sociedades británicas en cuyo gobierno corporativo se encuentre un directivo con domicilio dentro de la UE, serán requeridas para presentar información adicional en dicho registro.

 

El gobierno del RU está elaborando los textos legislativos pertinentes para garantizar que la normativa de sociedades de capital británica, esté en armonía con el estatus de RU respecto de la UE.

 

Escrito por Laura Gallego Herráez.

 

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Autor: Laura Gallego Herráez
Materia: Derecho Mercantil
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El Gobierno de Reino Unido (RU) ve en el Brexit una oportunidad para firmar un nuevo acuerdo comercial con Estados Unidos (EEUU).

 

Una vez conocidos los resultados de las últimas elecciones británicas, Donald Trump celebró la victoria electoral de Boris Johnson con el siguiente tweet: "RU y EEUU serán ahora libres para alcanzar un nuevo acuerdo comercial tras el Brexit". Sin embargo, a pesar de que ambos países son históricos aliados, en el tablero de negociación se han comenzado a trazar líneas rojas que pueden condicionar el éxito de dicho acuerdo. A continuación, analizamos aspectos clave de las negociaciones entre RU y EEUU.

 

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Exportación e importación de productos agrícolas y alimenticios

RU desea pactar un arancel más bajo para la exportación de sus productos agrícolas a EEUU.

 

La UE mantiene restricciones a la importación de productos agrícolas y alimenticios procedentes de EEUU, debido a que éstos no cumplen con los estándares de calidad marcados por la regulación europea, por ejemplo: cultivos modificados genéticamente, carne de vacuno tratada con hormonas o el pollo clorado.

 

Washington ha comenzado a presionar para que, a través de un nuevo acuerdo, dichos productos puedan ser exportados a RU. Los agricultores y ganaderos británicos han mostrado su preocupación ante la posible importación de género más barato y con bajo estándar de calidad.

 

Servicio nacional de salud de RU

En un inicio, Trump manifestó el interés de empresas norteamericanas por hacerse con la gestión del deficitario Servicio Nacional de Salud británico (NHS, por sus siglas en inglés). Sin embargo, el Gobierno británico ha anunciado que el sistema sanitario está fuera del acuerdo comercial, y por el momento, parece que el presidente norteamericano ha abandonado esa condición.

 

Huawei

En enero de 2020, Boris Johnson resistió a las presiones recibidas por parte de la administración norteamericana para que vetara a Huawei en el mercado británico, lo que generó fricciones y distanciamiento entre ambos países. Sin embargo, el Gobierno británico está revisando la decisión adoptada en enero, y según el periódico británico The Telegraph, el equipo de Boris Johnson está planificando la eliminación progresiva de los equipos de Huawei de las redes móviles 5G. Esta decisión generaría pérdidas a las empresas británicas que ya han invertido recursos en el 5G de Huawei, como por ejemplo Vodafone y BT.

 

Tasa digital

Desde el 1 de abril de 2020, RU grava el 2% de la facturación de las grandes empresas tecnológicas, como Google, Amazon o Facebook.

 

Steven Mnuchin, actual ministro de hacienda norteamericano, advirtió que, si RU aplicaba la tasa digital, EEUU podría valorar imponer "tarifas arbitrarias" a la importación de vehículos británicos, entre otros productos.

 

¿Cuándo concluirán las negociaciones entre ambos países?

La duración de las negociaciones hasta llegar a la firma del acuerdo, depende de varios factores, entre los que cabe mencionar los siguientes:

  • La pandemia del coronavirus.
  • El resultado de las negociaciones, aún en curso, entre RU y UE.
  • Las próximas elecciones presidenciales norteamericanas fechadas para el 3 de noviembre de 2020.

Escrito por Laura Gallego Herráez.

 

 

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Autor: Lucía Fernández Yaipén
Materia: Derecho Mercantil
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El 15 de mayo del 2019, el Reino Unido (RU), Colombia, Ecuador y Perú firmaron un Acuerdo Comercial de Continuidad que reemplazará al Acuerdo Comercial suscrito entre los países andinos y la Unión Europea (UE), tras la salida del RU de la UE.

 

¿Qué incluye el acuerdo?

El acuerdo dará las bases de las relaciones económicas y comerciales entre el RU y Colombia, Ecuador y Perú. Además, busca proteger un flujo comercial de £2.1 mil millones (en 2018) entre el RU y los tres países andinos.

 

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El acuerdo incluye:

  • el comercio de bienes y servicios, incluyendo disposiciones sobre normas de origen, aranceles preferenciales y cuotas
  • propiedad intelectual
  • indicaciones geográficas
  • contrataciones del gobierno

El objetivo del acuerdo es asegurarse de que las empresas y los consumidores británicos continúen disfrutando de los beneficios existentes con estos países después de salir de la UE. El acuerdo también reproduce ciertos elementos del Acuerdo Comercial suscrito entre la UE y los países andinos, como disposiciones sobre el diálogo político y otras formas de cooperación, incluyendo derechos humanos.

 

El entonces Ministro de Estado para la Política Comercial George Hollingbery declaró “El acuerdo firmado hoy con Colombia, Perú y Ecuador dará garantías adicionales a las empresas del RU que comercian con la región. Las empresas podrán seguir operando como lo hacen hoy después de que abandonemos la UE.

 

¿Cuándo entrará en efecto el acuerdo?

Mientras que el RU dejó de ser miembro de las instituciones políticas de la UE el 31 de enero de 2020, continuará siendo tratado como un miembro del mercado único y la unión aduanera hasta el 31 de diciembre del 2020, fecha que marca el final del periodo de transición tras su salida del RU de la UE. La UE también solicitó que los terceros países con acuerdos comerciales con la UE traten al RU como un Estado miembro durante este periodo.

 

En consecuencia, el Acuerdo Comercial entre el RU y los países andinos no tomará efecto mientras que el Acuerdo Comercial entre la UE y estos países continúe aplicándose al RU.

 

Escrito por Lucía Fernández Yaipen.

 

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Autor: Laura Gallego Herráez
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El pasado 19 de mayo de 2020, el gobierno británico anunció el nuevo régimen arancelario: Arancel Global de Reino Unido (UK Global Tariff) el cual reemplazará al arancel exterior común de la Unión Europea una vez finalizado el período de transición, el día 31 de diciembre de 2020.

 

¿A qué mercancías se aplicará el nuevo régimen arancelario?

El nuevo Arancel Global de Reino Unido se aplicará a todas las mercancías importadas por el Reino Unido a menos que:

  • La mercancía importada esté sujeta a excepción, como por ejemplo una exención o una suspensión arancelaria.
  • Los productos procedan de países que formen parte del Sistema de Preferencias Generalizadas.
  • El país del que la mercancía es importada tenga un acuerdo comercial con el Reino Unido.

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¿Cuáles son las nuevas tasas arancelarias?

El Departamento de Comercio Internacional de Reino Unido afirma que la nueva normativa asegurará que el 60% del comercio entre libre de aranceles en Reino Unido.

 

Se aplicará un arancel del 10% sobre los automóviles para proteger a los productores nacionales de Reino Unido de los competidores extranjeros. Esta medida ha sido acogida con preocupación por el sector automovilístico español ya que Reino Unido es uno de los países a los que España exporta un mayor número de vehículos. Es poco probable que los fabricantes de la UE puedan asumir ese costo adicional, en la mayoría de los casos se repercutirá a los consumidores haciendo que esos vehículos importados sean menos competitivos dentro del mercado británico.

 

El gobierno ha publicado una lista de bienes cuyos precios al consumo descenderían, una vez aplicado el nuevo régimen arancelario, éstos incluyen: lavavajillas, congeladores, productos sanitarios, espejos, pinturas, destornilladores, tijeras, productos de cocina como levadura o tomillo molido, cacao y árboles de navidad.

 

Contingente arancelario

Un contingente arancelario es un volumen, peso, valor o cantidad definida de importación de mercancía que goza de un trato arancelario especial, ya sea arancel 0% de las importaciones realizadas dentro de ese volumen, peso, valor o cantidad o un arancel más bajo que el arancel fijado como máximo para el resto de importaciones fuera de ese volumen, peso, valor o cantidad. El gobierno de Reino Unido ha anunciado la creación de contingentes arancelarios cuya información será publicada durante el año 2020.

 

Escrito por Laura Gallego Herraez.

 

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