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Autor: Alfredo Serrano de Haro
Materia: Derecho Migratorio
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Entre las muchas y muy complicadas cuestiones que plantea el proceso de salida del Reino Unido (RU) de la Unión Europea (UE) (Brexit), una de las más relevantes concierne sin duda al derecho de residencia de los ciudadanos europeos en territorio inglés.

 

Hasta ahora los nacionales de un Estado Miembro de la UE gozaban de un régimen jurídico específico y privilegiado para residir por tiempo determinado o indeterminado en otro Estado Miembro. En contraposición a este régimen jurídico, se encuentran todos aquellos extranjeros procedentes de Terceros Estados, como Turquía, que tendrán que justificar y cumplir una serie de requisitos para residir legalmente en un Estado Miembro.

 

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A día de hoy, los países integrantes del Espacio Económico Europeo – formado por los veintisiete Estados Miembros de la UE más Islandia, Liechtenstein y Noruega – se han beneficiado del régimen de residencia establecido por el Immigration Regulations 2016 en RU. Este marco jurídico ha permitido a los ciudadanos europeos y sus familiares residir en UK por tiempo determinado (derecho de residencia inicial por tres meses) con el único requisito de tener que acreditar la pertenencia a un Estado Miembro por medio del documento nacional de identidad o el pasaporte en vigor.

 

Una vez agotado este período inicial de residencia, se exige que la persona que quiera extender su derecho de residencia en territorio inglés se halle en alguna de las siguientes situaciones; 1) Encontrarse en búsqueda activa de empleo, 2) estar trabajando, 3) Trabajar por cuenta propia / Ser autónomo, 4) Ser estudiante, o 5) Ser autosuficiente económicamente . Cumpliendo una de estas categorías, el peticionario de residencia recibirá la denominación jurídica de “persona cualificada”. Pues bien, esta “persona cualificada” podrá adquirir el derecho de residencia permanente tras cinco años de residencia continuada. Este derecho de residencia permanente concede a su titular un permiso de residencia en el país con carácter indefinido.

 

Es preciso aclarar que, durante el período previo de cinco años de residencia continuada para adquirir el derecho de residencia permanente, solo se entenderá cumplido ese requisito cuando se haya vivido en el RU al menos seis meses en un período de 12 meses, es decir, al menos seis meses por cada año de esos cinco años exigidos por ley.

 

Sin embargo, con la salida del RU de la UE, este conjunto de derechos ha quedado relegado por el denominado Estatuto del Asentado. De modo que, con el fin de proteger y salvaguardar los derechos de los europeos para residir legalmente en RU, se creó un sistema de registro (EU Settlement Scheme) para ciudadanos de la UE y del Espacio Económico Europeo y sus familiares. Este sistema de registro por el cual se articula el Estatuto del Asentado debe ser solicitado por todos los ciudadanos de la UE y sus familiares que actualmente residen en UK y, que desean permanecer allí viviendo y trabajando tras el 31 de Diciembre de 2020.

 

Dentro del sistema de registro nos encontraremos con dos categorías de clasificación fundamentales y muy vinculadas a lo explicado anteriormente en relación al derecho continuado y permanente de residencia. En primer lugar, el ciudadano europeo que haya estado residiendo menos de cinco años en UK tendrá el estatus de preasentado (Pre-settled status) en el sistema de registro. Mientras que, en segundo lugar, quien pueda acreditar cinco años efectivos de residencia en territorio inglés tendrá el estatus de asentado (Settled status). Por tanto, el estatus que se obtenga dependerá exclusivamente de cuánto tiempo haya estado el ciudadano europeo viviendo en UK desde el momento en el que realice la solicitud. Es importante mencionar que en función del estatus que se tenga, se tendrán derechos diferentes.

 

Hay que señalar, llegados a este punto, que la solicitud de inscripción en el sistema es voluntaria y que, además, para alguien que haya adquirido un permiso de residencia indefinido no es estrictamente necesaria su inscripción en el mismo. Sin embargo, las autoridades británicas recomiendan siempre la inscripción con el fin de evitar situaciones de indefensión o inseguridad jurídica o imposibilidad probatoria de la residencia de sus familiares.

 

En conclusión, parece que el RU quiere mantener una cierta preferencia de los derechos de los ciudadanos de la UE en comparación con los de otros extranjeros. A ello responde este sistema de registro voluntario. Se otorga de este modo una cierta certidumbre a todos los europeos residentes actualmente en UK. No obstante, inversamente, todas las entradas al país a partir de junio de 2021 por ciudadanos europeos que pretendan asentarse, habrán de ajustarse a todas las limitaciones migratorias que haya establecido el Gobierno Inglés con independencia de ser ciudadano europeo o no.

 

Escrito por Alfredo Serrano de Haro.

 

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