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Autor: Lucio Morcillo
Materia: Derecho Migratorio
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Son muchos los españoles que en algún momento de su vida han pensado o decidido mudarse temporalmente a Reino Unido con diferentes fines, la mayoría para mejorar el cada vez más imprescindible inglés, buscar nuevas oportunidades laborales o sencillamente intentar trabajar en algún sector relacionado con los estudios que han cursado en España.

 

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Son muchas las preguntas de españoles que llegan a un despacho español como Scornik Gerstein llp, ubicado en pleno centro de Londres, que se encuentran en una situación similar o que simplemente se plantean ir al Reino Unido para buscar empleo, cursar unos estudios o montar un negocio.

 

Sin perjuicio de que existan aún muchas incertidumbres y polémicas en torno a la salida del Reino Unido de la Unión Europea y que esta situación se encuentre sujeta a muchas posibles modificaciones futuras, parece que podemos destacar algunos puntos clave que, desde el 23 de Junio de 2016, se han ido produciendo hasta la fecha y que pueden ser muy útiles tenerlos en cuenta.

 

Desde Scornik Gerstein llp nos ofrecen una guía “básica” sobre los pasos a seguir si un español residente en el Reino Unido se encuentra en esta situación o se plantea mudar a Reino Unido próximamente.

 

A partir del 2019, ¿Necesito algún tipo de visado especial si soy residente?

A partir de que se haga efectiva la separación del Reino Unido de la Unión Europea, todos los ciudadanos europeos en el Reino Unido, independientemente de cuándo llegaron a Reino Unido, deberán solicitar al Ministerio de Interior del Reino Unido un documento que acredite su derecho de residencia, para lo que se deberá de acreditar, entre otras cosas, que se encuentran debidamente cotizando en el sistema de pensiones del Reino Unido.

 

¿Y si soy europeo y llevo siendo residente legal en Reino Unido 5 o más años?

Los europeos con cinco años de residencia en el Reino Unido serán tratados como propios a todos los efectos en cuanto a asistencia sanitaria, pensiones, educación, o posibles prestaciones sociales. Ello implica, necesariamente, que los comunitarios tendrán derecho a acceder a fondos públicos, realizar cualquier actividad si es lícita y solicitar la ciudadanía. Se incluyen además garantías en materia de pensiones y beneficios de seguridad social.

 

El Ministerio del Interior parece que va a garantizar hasta un periodo de dos años de gracia para que los trabajadores de la Unión Europea residentes puedan demostrar que llevan al menos cinco años de residencia continuada en Gran Bretaña. En este sentido, se podría otorgar un permiso especial de residencia acorde con el derecho de inmigración británica. La justificación de la estancia continuada puede probarse de múltiples maneras, como por ejemplo presentando contrato de arrendamiento, de trabajo, prueba de ingresos por trabajos realizados en el Reino Unido o demostrando las entradas y salidas del Reino Unido y por ende los periodos en lo que se ha estado residiendo en el Reino Unido.

 

Lo aconsejable es que para quien se encuentre en esta situación pida cuanto antes la tarjeta que acredite su derecho a residir de forma permanente y evitar así cualquier situación de inseguridad jurídica ya que a fecha de hoy siguen sin saberse con rotundidad cuáles van a ser las decisiones del ejecutivo del Reino Unido en este particular.

 

De hecho, la actual oferta del gobierno liderada por Theresa May deja bastante claro que incluso los residentes comunitarios podrían perder el derecho a traer al Reino Unido a su cónyuge si el primero no supera el umbral de salario mínimo de 18.600 libras, esto es, aproximadamente unos 21.000 euros. Esto se podría evitar si, como indicamos más arriba, dicho residente consolida su situación obteniendo acreditación de su derecho a residir de forma permanente en el Reino Unido por haber superado el periodo de 5 años.

 

Finalmente hay que tener en cuenta que en cualquier caso, hace ya tiempo que un europeo no puede permanecer en el Reino Unido por más de 6 meses sin justificar encontrarse estudiando o trabajando bien por cuenta ajena o propia.

 

¿Cuál es mi situación si llevo en Reino Unido menos de cinco años?

Los ciudadanos de la Unión que lleguen antes de la fecha de corte de 29 de Marzo de 2019, no logrando acumular cinco años de residencia continuada, podrán solicitar la condición de residente temporal con el fin de seguir siendo residente hasta que hayan acumulado los cinco años. Cuando obtengan la tarjeta de identificación especial podrán acceder a los mismos beneficios que el resto.

 

Aquellas personas de la UE que quieran residir en el Reino Unido tras la fecha de corte, necesariamente se encontrarán sujetas al régimen de inmigración general. Esto proviene de la invocación del Artículo 50 del tratado de la Unión Europea, que entro en vigor el 1 de diciembre de 2009, el cual afirma;

 

Todo Estado miembro podrá decidir retirarse de la Unión de conformidad con sus propios requisitos constitucionales.

El Estado miembro que decida retirarse notificará al Consejo Europeo su intención. A la luz de las orientaciones establecidas por el Consejo Europeo, la Unión negociará y celebrará un acuerdo con dicho Estado, en el que se establezcan las modalidades de su retirada, teniendo en cuenta el marco de su futura relación con la Unión. Dicho acuerdo se negociará de conformidad con el artículo 218, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Se celebrará en nombre de la Unión por el Consejo [de la Unión Europea], por mayoría cualificada, previa aprobación del Parlamento Europeo.

Los Tratados dejarán de aplicarse al Estado de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de retirada o, en su defecto, dos años después de la notificación mencionada en el apartado 2, a menos que el Consejo Europeo, de acuerdo con el Estado miembro interesado, decida por unanimidad prorrogar este plazo.(…)

 

¿Tendré protección del Tribunal de Justicia de la Unión Europea si resido en el Reino Unido?

Esta es una cuestión que los juristas siguen con cierto interés, ya que el Tribunal Europeo de Justicia podría mantener en un principio una jurisdicción directa (esto es, que también sus decisiones fuesen aplicables en el Reino Unido) tras el 29 de Marzo de 2019 durante un cierto “periodo de transacción”.

 

 

¿Puede quedarse alguien “fuera” del derecho a solicitar la permanencia en Reino Unido?

Esta cuestión concierne de manera particular a aquellos ciudadanos europeos con antecedentes penales tanto en Reino Unido como en la Unión Europea. No hay una respuesta clara al respecto ya que este parece ser un extremo muy convulso y donde más desacuerdo existe, pero todo parece apuntar, según lo expuesto por el gobierno del Reino Unido en sus planes de política extranjera, que se negaría la permanencia en Reino Unido a aquellos “criminales considerados graves o persistentes y que puedan resultar una amenaza para el Reino Unido”.

 

Por otro lado, el gobierno de Theresa May ha propuesto la implantación de un control de los antecedentes penales de cada uno de los ciudadanos europeos que soliciten la permanencia en Reino Unido. Sin embargo no se cree que este control de antecedentes llegue nunca a ser aplicado debido a las numerosas voces críticas surgidas en contra en el seno de la Unión Europea, debido a la subjetividad del test y debido al hecho de que supondría “tratar a más de 3 millones de europeos como potenciales criminales”.

 

 

Escrito por Lucio Morcillo. 

 

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